PROTECCION DE DATOS ALAVA

Ofrecemos nuestros servicios LOPD y RGPD en Álava realizando  la implantación y la adecuación a la ley de Protección de datos ofreciendo un asesoramiento personalizado. Garantizamos un servicio cómodo con asistencia continua, además del asesoramiento en la Protección de datos, le asesoramos como cumplir con la ley LSSI en su página web.

Tenemos un compromiso con la calidad. Por ello Estamos continuamente formándonos, y permanentemente informados de las novedades legislativas, criterios y resoluciones de la Agencia Española de protección de Datos.

 

Asesoramos en el cumplimiento de la ley, adaptando las medidas técnicas y organizativas necesarias para cada, empresa, asociaciónautónomocomunidades de propietarios y toda aquella organización que tenga que cumplir con la ley.

Se deberá cumplir con principio de Responsabilidad Proactiva, que implica que el responsable del tratamiento tenga que aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que el tratamiento es conforme con el Reglamento. Te ayudamos a adecuar a tú empresa a la ley de protección de datos y a cumplir con el principio de responsabilidad proactiva.


Qué nos dice la ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales con respecto a las personas fallecidas:

Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales de aquella y, en su caso, su rectificación o supresión.

Como excepción, las personas a las que se refiere el párrafo anterior no podrán acceder a los datos del causante, ni solicitar su rectificación o supresión, cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente o así lo establezca una ley. Dicha prohibición no afectará al derecho de los herederos a acceder a los datos de carácter patrimonial del causante.

Las personas o instituciones a las que el fallecido hubiese designado expresamente para ello podrán también solicitar, con arreglo a las instrucciones recibidas, el acceso a los datos personales de este y, en su caso su rectificación o supresión.

Mediante real decreto se establecerán los requisitos y condiciones para acreditar la validez y vigencia de estos mandatos e instrucciones y, en su caso, el registro de los mismos.

En caso de fallecimiento de menores, estas facultades podrán ejercerse también por sus representantes legales o, en el marco de sus competencias, por el Ministerio Fiscal, que podrá actuar de oficio o a instancia de cualquier persona física o jurídica interesada.

En caso de fallecimiento de personas con discapacidad, estas facultades también podrán ejercerse, además de por quienes señala el párrafo anterior, por quienes hubiesen sido designados para el ejercicio de funciones de apoyo, si tales facultades se entendieran comprendidas en las medidas de apoyo prestadas por el designado.

 

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