Para llevar a cabo la gestión de una comunidad de propietarios es necesario realizar diferentes tipos de tratamiento de datos.
Los administradores de fincas realizan múltiples tratamientos de datos de carácter personal cuando actúan por cuenta de las comunidades de propietarios. Desde la perspectiva de la normativa de protección de datos de carácter personal, están legitimados para tratar y disponer de los datos de los copropietarios que resulten necesarios para la gestión ordinaria de los asuntos de la comunidad, ya que actúan en relación con las comunidades a las que prestan servicios como encargados de tratamiento.
Asimismo, las comunidades de propietarios respecto del tratamiento de datos de los comuneros se encuentran legitimados, a los efectos de las causas que recoge el RGPD, en el cumplimiento de una obligación legal en consonancia con el articulado de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
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Videoconferencias en las comunidades de propietarios
Herramienta de Videoconferencias cifradas a distancias cumpliendo con el RGPD